Santo
Domingo, RD.-El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética del Partido de la
Liberación Dominicana (PLD) dispuso la desafiliación de esa organización del comunicador José
Felipe Laluz Núñez, “en virtud de su renuncia tácita y notoria”.
Mediante
resolución, el órgano disciplinario peledeísta ordena a la Secretaría de
Organización separarlo de los registros partidarios, incluyendo su membresía en
el Comité Central.
Tribunal
Nacional de Disciplina y Ética está presidido por Alejandrina Germán, e
integrado, además, de Manuel Galván, Luis García, Elic Fernández, Teodoro
Ursino Reyes y Gustavo Guzmán.
Refiere
que el órgano ha tenido acceso a diversos videos y audios en los cuales Laluz
Núñez se expresa en el sentido de que ya no pertenece al PLD, “pronunciamientos
marcadamente ácidos y hasta, en cierto punto, irrespetuosos respecto del
Partido de la Liberación Dominicana y a su dirigencia”.
La
afiliación a un partido político es la manifestación libre y voluntaria de un
ciudadano de pertenecer a una organización política, agrega, y con esto
participar democráticamente en la vida política del país.
Precisa
que, del mismo modo, todo afiliado a un partido, agrupación o movimiento
político, goza de la prerrogativa de renunciar en cualquier momento, sin
expresión de causa, en atención a lo dispuesto por el párrafo I del artículo 7
de la Ley No. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Refiere
que para que opere la renuncia de un afiliado no es condición sine qua non que
la misma se haya presentado por escrito a la autoridad competente,
“especialmente cuando tal renuncia se constituye en un hecho notorio, como
ocurre en el caso del señor José Felipe Laluz Núñez, quien no solo se ha
referido públicamente a su renuncia tácita al Partido de la Liberación
Dominicana, sino que lo hizo hasta musicalmente dedicando un rap refiriendo
pronunciamientos en contra la organización y expresando su salida”.
Respecto
a un hecho notorio, la resolución del Tribunal Nacional de Disciplina y Ética
del PLD hace énfasis en varias jurisprudencias, entre ellas la sentencia del
Tribunal Constitucional C-086/16, del 24 de febrero de 2016, cuando señala que
“se trata de cualquier acontecimiento conocido por todos los miembros del
engranaje social, respecto del cual no hay duda ni discusión; en tal sentido,
se exime de prueba, por cuanto forma parte del dominio público”.
La
resolución señala que las actuaciones del exdiputado constituyen un mal ejemplo
para los actuales y futuros afiliados en el PLD.
El
referido Tribunal notificó a José Laluz Núñez la decisión mediante acto formal
de alguacil, así como a las instancias partidarias.