Senadores del PLD advierten
sobre flaco servicio al país aprobando Ley de Extinción de Dominio en contradicción
con la Constitución
Los senadores
del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) Yván Lorenzo, Valentín Medrano y
José del Castillo Saviñón, reiteraron en el hemiciclo, la posición de esa
organización política con relación al proyecto de Ley de Extinción de Dominio,
aprobado por una mayoría mecánica en la Cámara Alta, pese contener
disposiciones en franca contradicción con la Constitución de la República.
Los congresistas
en sus exposiciones advirtieron que aprobar dicha Ley como ordinaria, en nada
beneficia al país, previendo que sería rechazada en el Tribunal Constitucional.
El senador Yván
Lorenzo recordó que el PLD siempre ha estado dispuesto a votar por la Ley de
Extinción de Dominio si se hubiera hecho siguiendo los preceptos
constitucionales.
“El PLD planteó
en varias oportunidades que estaría dispuesto a votar y que esta ley se
aprobará a unanimidad si se hubiese trabajado y se hubiera conocido de
conformidad con lo que establece el artículo 112 de nuestra Constitución; de
igual manera, si se hubiera conocido respetando la Constitución en su artículo
110 porque las leyes no tienen efecto retroactivo, sólo se aplican y disponen
para el porvenir”, dijo.
Lorenzo aseguró
que fue idea del PLD que se creará un Tribunal Superior de Asuntos de Extinción
de Dominio y no se tomó en cuenta.
“El PLD hizo
esfuerzos extraordinarios para que en el mecanismo de implementación se creara
un Tribunal Superior de Asuntos de Extinción de Dominio porque, hasta donde
conozco, la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional es una
jurisdicción que no va más allá del Distrito Nacional, por todo esto, nosotros
como padre de esta iniciativa que fueron mis antecesores, compañeros, que
fueron senadores como derecho de autor que nos corresponde el derecho por ser
los que elaboramos esta pieza en otras legislaturas nos duele sobremanera el
que se vaya a sancionar tomando en cuenta que lo que se quiere es que fracase
una vez sea aprobada”, sostuvo.
De su lado, el
senador Valentín Medrano expresó que la Constitución es la madre de todas las
leyes y resulta que el populismo nos lleva a querer aprobar leyes como la
Extinción de Dominio, violando esa Constitución de la República.
“Queremos una
ley que cumpla con la Carta Magna, no que la contradiga. Somos legisladores no
otra cosa. Que yo me comprometa con una embajada, primeramente tengo que
asegurarme sí la ley que se va a aprobar no contradice para no dar
instrucciones, que luego tengamos un tollo de Ley, que el Tribunal
Constitucional augura el rechazo de la misma”, señaló.
Medrano detalló
la importancia del artículo 6 de la Constitución de la República frente a esta
Ley, procediendo a su lectura: “Todas las personas y los órganos que ejercen
potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento
del ordenamiento jurídico del Estado son nulos de pleno derecho toda Ley,
resolución decreto o acto contradictorio a esta Constitución”, indicó.
Mientras el
artículo 112 de la Constitución define claramente lo que son las Leyes
Orgánicas “ son aquellas que, por su naturaleza, regulan los derechos
fundamentales, las estructuras y la organización de los poderes políticos, la
función pública, el régimen electoral, el régimen económico financiero, el
presupuesto, planificación e inversión pública, la organización territorial,
entre otras”, recordó.
Además hizo
referencia al artículo 110 de la Constitución sobre la Irretroactividad de la
Ley: “La Ley solo dispone y se aplica para el porvenir, no tiene efecto
retroactivo sino cuando sea favorable al que esté sub judice o cumpliendo condena.
En ningún caso los poderes públicos o la ley podrán afectar o alterar la
seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una
legislación anterior”, explicó.
Mientras, el
senador del PLD por Barahona, José del Castillo Saviñón habló sobre la
ilegalidad de la Ley de Extinción de Dominio en abierta contradicción con la
Constitución de la República.
“Artículo 69 de
la Constitución de la República, numeral 3 Presunción de Inocencia, y 5 el que
dice que nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa.4 el que tiene
que ver con la plena igualdad que debe garantizarse a los justiciables”,
expresó.
También sostuvo
que esta Ley de Extinción de Dominio viola el artículo 74 y 74.2 de la
Constitución en lo que respecta al derecho fundamental del Debido Proceso.
“La figura de
Extinción de Dominio es una ley sui generis que se ha creado pero tiene que ser
en el marco de la constitucionalidad ejercida por el Estado con la intención de
reivindicar bienes obtenidos, de manera ilícita. Puede ser engañoso debido a
que estos procesos no están hechos para juzgar a las personas, pero si lo hacen
lo cual afecta al ser humano en su buen nombre y afecta por tanto el Derecho
Fundamental como al Debido Proceso”, adujo.
Aseguró que con esta Ley se afecta indirectamente a las personas porque las cosas son inanimadas. “Esta ley aprobada como ordinaria es un natimuerto”, adujo. Fuente @Pldenlinea