6,333 denuncias de violencia de género.

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Tan pronto una mujer pone una denuncia, el Ministerio Público emite una orden de protección a favor de la víctima.

Santo Domingo, RD.- Entre los meses enero y febrero de este año fueron presentadas, en las diferentes fiscalías dominicanas, un total de 6,333 denuncias sobre violencia de género e intrafamiliar, 2,644 físicas, 3,612 verbales y psicológicas y 77 patrimoniales.

Las denuncias fueron presentadas en las Unidades de Atención Integral a la Violencia de Género, Intra­familiar y Delitos Sexuales del Ministerio Público a escala nacional, según un reporte de la Dirección de Análisis y Estadística de la Procuraduría General de la República.

Mientras, en enero de este año fueron presentadas 471 denuncias por delitos sexuales, 166 de agresión sexual, 110 de violencia sexual, 36 de acoso sexual, 113 sobre seducción de menores, 38 por incesto y 8 sobre exhibicionismo.

Igualmente, fueron emitidas 21 órdenes de protección a favor del mismo número de víctimas que presentaron denuncias por violencia de género e intra­familiar y delitos sexuales.

El procedimiento
Tan pronto una ciudadana pone una denuncia, el Ministerio Público emite una orden de protección a favor de la víctima, a fin de que el agresor no se le acerque, ni visite los lugares que ella frecuenta.

La Ley 24-97 sobre protección de la víctima de violencia intrafamiliar establece, en su artículo 309-4, la orden de protección a favor de la víctima de violencia, la cual no es exclusiva para el bien de la mujer, sino que esta puede ser formulada en provecho de un hombre agredido por su pareja.

La Ley 24-97 sobre violencia intrafamiliar y la propia Constitución de la República le ponen freno al agresor, quien sabe que no se puede acercar a esa mujer, acceder a los lugares que ella frecuenta, molestarla o intimidarla a través de ninguna red social.

Pena mayor
La referida ley sobre violencia intrafamiliar establece en uno de sus artículos que aumenta a diez años de reclusión la pena a aquellos que resulten culpables de violencia cuando haya violado órdenes de protección.

La declaración de la ONU sobre la eliminación de la violencia contra la mujer dice que “Todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada”.

 DETALLES
La definición.

La violencia de género es aquella que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones de afectividad (parejas o ex-parejas).

El objetivo del agresor es producir daño y conseguir el control sobre la mujer, por lo que se produce de manera continuada en el tiempo y sistemática en la forma, como parte de una misma estrategia.

El término hace referencia a cualquier acto con el que se busque dañar a una persona por su género. La violencia de género nace de normas perjudiciales, abuso de poder y desigualdades de género.

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