Martha
“tampoco ha recibido llamadas de la IPS Incodol ni una explicación clara de por qué el cambio de
evaluación de su caso”, señaló la defensa de la paciente.
La información
sobre la cancelación de la asistencia para la eutanasia de Martha Liria
Sepúlveda, una mujer de 51 años residente en Medellín y que padece una
enfermedad llamada ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica), la cual la llevó a
tomar la decisión de terminar voluntariamente con su vida, fue comunicada en la
tarde este sábado por el Incodol, lo que causó gran sorpresa en el país, ya que este procedimiento había sido
ya aprobado con antelación y estaba programado para realizarse este domingo 10
de octubre a las 7:00 a.m.
El Comité de
Médicos que autorizaba realizar el procedimiento, programado por la EPS Sura,
informó que hizo una nueva evaluación de la condición de la paciente y no halló elementos que
justifiquen la terminalidad de la vida, por lo cual abortó el procedimiento.
De acuerdo con
la información, el Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir
con dignidad, tras una reunión realizada el viernes, analizó de nuevo de forma
amplia y suficiente la solicitud de la paciente para ser asistida con la
eutanasia, concluyó que en este caso “no se cumple con el criterio de terminalidad, como
se había considerado en el primer comité”.
El comité apoyó
su decisión basado en el numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de
2021 del Ministerio de Salud y Protección Social “que le
asigna, dentro de sus funciones, revisar el trámite de la solicitud y el
procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que
afecte el desarrollo del mismo”.
En esta
revisión, dicho comité obtuvo un concepto actualizado del estado de salud y evolución de
la paciente, lo que llevó a sus miembros a concluir que el criterio
de terminabilidad de la vida de Martha Liria no aplica para este caso.
Según DescLab, “Martha no solicitó este segundo
Comité y rechaza la decisión. La cancelación de este procedimiento
evidencia la falta de ética y profesionalismo de las personas contratadas por
la IPS Incodol quienes, sin ningún reparo, 36 horas antes del procedimiento más
importante y trascendental en la vida de Martha, deciden, de manera ilegítima,
vulnerar sus derechos”.
Los abogados revelaron detalles del acta de terminación del procedimiento que no fueron incluidos en el comunicado divulgado a los medios por Incodol.