El Tercer Tribunal Colegiado del
Distrito Nacional fijó para el 5 de agosto la audiencia que dará inicio al
juicio de fondo contra Willy Antonio Javier, Pedro Alexander Sosa Méndez (Alex)
y Joan José Féliz (Pinol), implicados en el ataque con “ácido del diablo” a
Yocairi Amarante.
La fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos,
indicó que dicha audiencia estaba fijada para el miércoles 28 de julio pero se
suspendió debido a la no comparecencia de testigos a descargo.
En consecuencia, las juezas del Tercer Tribunal
Colegiado, Arlín Ventura, Leticia Martínez y Milagros Ramírez, aplazaron para
el próximo jueves 5 de agosto, a las 2:00 de la tarde.
El juzgado ordenó que el Ministerio Público ejecute
conducencia de los testigos que no se presentaron.
Ramos aseguró que el Ministerio Público tiene una
acusación con mucha fuerza, que permitirá solicitar la pena máxima contra los
agresores de la joven.
Según las indagatorias realizadas por el Departamento de
Investigación de Crímenes y Delitos Contra las Personas de la Fiscalía del
Distrito Nacional, Willy Antonio Javier, expareja de Yocairi Amarante, ofreció
RD$25,000 a Pedro Alexander Sosa Méndez y pagó un adelanto de RD$3,500 para que
perpetraran el ataque con “ácido del diablo”, una mezcla de sustancias
corrosivas que queman la piel y el tejido.
El documento acusatorio se sustenta en pruebas
documentales, testimoniales, materiales, periciales e ilustrativas y detalla
que el crimen sucedió el pasado 25 de septiembre de 2020, mientras la víctima
se desplazaba por el Ensanche Luperón en el asiento delantero de un carro
público, tras salir de su trabajo.
Sosa Méndez la siguió a bordo de una motocicleta, junto a
Joan José Féliz, y se acercó al auto para que este último le lanzara la
sustancia al rostro.
El órgano acusador recordó que, a causa de la agresión,
la joven resultó con quemaduras graves en diferentes partes del cuerpo, por lo
cual fue sometida a varias cirugías; también el conductor del carro público
presentó quemaduras múltiples en brazo, costado y pierna derecha.
Estos actos, según el Ministerio Público, están
tipificados como asociación de malhechores, actos de tortura o barbarie,
violencia contra la mujer, heridas y golpes voluntarios, delitos previstos y
sancionados en los artículos 265, 266, 303, 303-4, numerales 7 y 10, 309 y
309-1 del Código Penal Dominicano.