SANTO
DOMINGO, RD. – La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley del
Código Penal de la República Dominicana.
El informe del
proyecto de ley del Código Penal en segunda lectura, fue aprobado con una
votación de 126 diputados a favor y 26 en contra. Mientras que con su informe y
modificaciones la pieza legislativa fue refrendada con 128 votos a favor y 13
en contra.
La iniciativa, que
ahora pasa al Senado de la República, estudiada por la Comisión Permanente de
Justicia de la Cámara de Diputados, impone penas duras a la corrupción
administrativa, al delito electrónico y otras innovaciones.
Previo al
sometimiento de la pieza en segunda lectura, el presidente de la Cámara de
Diputados, Alfredo Pacheco, explicó que, al llegar nuevamente a la presidencia
de ese órgano, prometió al país que retomaría el estudio del Código Penal como
una necesidad perentoria del país.
“Cuando asumí la presidencia de esta Cámara comuniqué al país que nuevamente iba a retomar la iniciativa del Código Penal en virtud que durante los años que duramos tanto fuera de la Cámara como los que estuvimos como diputados que fuera en la presidencia luego del año 2006 se aprobaron varias versiones, incluso, algunas llegaron a fructificar como Ley lo que también sucumbieron por falta de promulgación” manifestó Alfredo Pacheco.
Indicó que el
proyecto de ley del Código Penal fue conocido en 11 sesiones de las cuales 6
fueron para leer el informe y cinco para debatirlos.
Explicó que durante
el estudio del proyecto fueron consultadas instituciones y abogados de
prestigio, tras asegurar que en el estudio el Código recogió importantes
sugerencias.
“El proyecto de ley
contiene duras penas contra la corrupción, que es lo que está exigiendo la
República Dominicana en este momento, contiene penas contra los delitos
electrónicos, los delitos modernos, que tanta falta hace en la República
Dominicana y contiene una serie de innovaciones”, puntualizó Pacheco.
Los diputados,
durante la votación, rechazaron varias modificaciones hechas al informe
presentado por la Comisión.
Otras novedades
El nuevo Código
contempla que quienes fabriquen, expendan o despachen medicamentos, bebidas o
alimentos adulterados, falsificados o que contengan sustancias nocivas a la
salud, serán sancionados con cuatro a diez años de prisión mayor, multa de diez
a veinte salarios mínimos del sector público, así como con el cierre de su
establecimiento comercial, fábrica o almacén; y el decomiso de los bienes, equipos
y maquinarias.
También se sanciona
al agente o personal de un recinto policial o militar que niegue a un detenido
el ejercicio del derecho a contactar, vía llamada telefónica a un familiar,
abogado o persona de su confianza para informar sobre la restricción de su
libertad, será sancionado con uno a dos años de prisión menor y multa de tres
veces el salario que perciba el imputado al momento de la comisión de la
infracción.
En la pieza
legislativa, la corrupción será considerada grave cuando las sumas envueltas en
el ilícito penal no excedan los veinte salarios mínimos, en cuyo caso, el
infractor o infractores serán sancionados con dos a tres años de prisión menor
e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de diez a veinte
años.
En tal sentido
cuando el monto envuelto en el hecho punible sea entre los veinte y los mil
salarios mínimos del sector público, la corrupción será una infracción muy
grave y se sancionará con cuatro a diez años de prisión mayor e inhabilitación
para ocupar funciones públicas por un término de treinta años.
Penas
por corrupción
Igualmente, en
torno al peculado, el Código Penal establece que el funcionario o servidor
público que sustraiga o distraiga para su provecho personal o para provecho de
terceros, fondos públicos que le hayan sido entregados para su administración o
preservación en razón de sus funciones, comete peculado, y será sancionado con
diez a veinte años de prisión mayor y multa por un monto que, de precisarse la
suma involucrada en el fraude, será de entre diez a veinte veces dicha suma, y
que en caso de no poder precisarse, será de diez a veinte veces el último
salario que percibió el imputado mientras ejercía la función.
En cuanto a las
infracciones a militares, el Código Penal establece que infracciones de
naturaleza estrictamente militar cometidas por militares en el ejercicio de sus
funciones serán conocidas por las jurisdicciones militares por mandato del
artículo 254 de la Constitución de la República y de conformidad con las
disposiciones del Código de Justicia Militar. Son infracciones de carácter
militar las contenidas en el Código de Justicia Militar.
Expositores
Durante los debates
sobre el proyecto de Ley hicieron uso de la palabra Alexis Jimenez, Ivannia
Rivera, Gilberto Balbueno, Isabel de la Cruz, Gustavo Sánchez, vocero del PLD,
José Horacio Rodríguez de Alianza País, Elías Wessín Chávez vocero del PQDC,
Máximo Castro Silverio vocero del PRSC, Julito Fulcar vocero del PRM y Héctor
Feliz, vocero del PRD y el presidente de la cámara de diputados Alfredo
Pacheco.
Otras iniciativas
Los diputados
aprobaron también en primera lectura el proyecto de ley que declara la última
semana de junio de cada año de regocijo magisterial y el 30 de junio como “Día
del Maestro”.
La pieza
legislativa de los diputados Julito Fulcar y Norberto Ortiz de la Cruz en uno
de sus considerandos establece Medalla al Mérito del Maestro de larga labor.
También establece
el otorgamiento de la Medalla al Mérito del Maestro de larga labor en los
grandes estímulos, que llevará el nombre de Salome Ureña de Henríquez;
Reconocimiento, con el nombre de Eugenio María de Hostos y Premio al honor, con
el nombre de Pedro Henríquez Ureña, y serán entregadas el 30 de junio de cada
año, el "Día del Maestro".
Al cierre de la
sesión el presidente de la Cámara de diputados Alfredo Pacheco convocó a los
diputados y diputadas para el próximo martes a las 10:00 de la mañana.