Asociación de Bancos: sentencia de la SCJ solo confirma la manera oportuna a la autorización de los clientes para debitar fondos

Aros News
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La Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) emitió un comunicado en razón de lo antes expuesto, las sentencias de primera instancia, de la Corte de Apelación y de la propia Suprema Corte de Justicia, descargan de responsabilidad al banco, porque no se puede alegar daños y perjuicios cuando los fondos debitados de su cuenta no corresponden al cliente. 

La SCJ solo reitera lo ya establecido en las normativas bancarias desde hace años y obedece a una práctica común en las entidades financieras, en fiel cumplimiento a la ley, razón por la cual la sentencia sólo confirma el correcto proceder del banco. 

Los contratos de los bancos múltiples, tanto de cuentas como de préstamos, se encuentran debidamente autorizados y registrados en el Departamento de Protección al Usuario de la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana.

En estos se establece expresamente la autorización del titular al banco para debitar o compensar las sumas y valores que el cliente adeude a la EIF por concepto de capital, intereses o accesorios. 

La Asociación Banco Múltiple reitera por todo lo anterior, reiteramos que el citado fallo no implica una nueva disposición ni revela incumplimiento de las normativas por parte de las entidades financieras, sino por el contrario, confirma la manera oportuna y adecuada en el manejo del banco en cuanto a la autorización de los clientes para debitar fondos de sus cuentas.

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